Quién no necesita el certificado de eficiencia energética
A menudo podemos preguntarnos quién no necesita el certificado de eficiencia energética. En general, el Real Decreto 235/2013 se aplica a aquellos propietarios interesados en vender o alquilar un inmueble, pero lo cierto es que cuenta con ciertas excepciones.
El certificado de eficiencia energética no obligatorio
Quedan excluidos los siguientes tipos de inmuebles en materia de certificación energética:
- Monumentos y edificios que están protegidos oficialmente por pertenecer a un entorno declarado, o bien porque presenten un valor histórico o arquitectónico.
- Edificios o partes de los mismos que se utilizan únicamente para el culto y otras actividades religiosas.
- Construcciones provisionales que serán utilizados por dos años o menos.
- Edificios agrícolas, industriales, de la defensa o partes de ellos, como zona orientada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas que no sean residenciales.
- Edificios o partes de los mismos aislados con una superficie útil que sea menor a 50 m2.
- Edificios adquiridos para ser demolidos o bien para realizar reformas importantes.
- Edificios o partes de ellos, como viviendas que no vayan a ser utilizados más de cuatro meses al año o bien durante un tiempo limitado a lo largo del año. El consumo previsto de energía en estos casos no debería superar el 25% de lo estimado necesario durante todo un año. El propietario deberá realizar una declaración responsable de la vivienda.
Cuándo el certificado energético es obligatorio
Digamos que el certificado energético es obligatorio en el momento en el que se escritura la compraventa de una vivienda, siempre que no se considere dentro de uno de los casos anteriores. El notario debe informar a las partes presentes en un contrato de compraventa de la obligación de que el vendedor cuente con un certificado energético para el inmueble en cuestión. Debe constar en la escritura pública la confirmación de que la persona que realice la compra ha recibido la información.
En el caso de los alquileres es obligatorio también contar con el documento de calificación energética, siendo necesario comunicarlos en los anuncios que tuvieran lugar.
¿Dudas sobre si necesitas un certificado energético?
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